¿Tengo derecho a percibir algún tipo de ayuda económica hasta la jubilación?

Tengo 55 años cumplidos en noviembre. He cotizado en la Seguridad Social por el régimen general desde el año 74 hasta julio del 99 y desde julio del 99 hasta la actualidad por el régimen de autónomos.

Actualmente tengo una tienda en estado ruinoso que pretendo cerrar cuanto antes ya que sólo me ocasiona gastos, pero como no veo salida laboral, me gustaría saber si tengo derecho a percibir algún tipo de ayuda.

Por otra parte dispongo de un pequeño capital que a su vez me genera unas pequeñas rentas mensuales que considero totalmente insuficientes para mi vida habitual que se limita a lo exclusivamente imprescindible.

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Si la actividad por cuenta propia no te va nada bien, y te vas a ver obligado a cerrar el negocio y a darte de bajo en el RETA como trabajador autónomo, porque el negocio es ruinoso, podrías cobrar el cese de actividad si estas cotizando por contingencias profesionales y accidente de trabajo y desde que se aprobó el cese de de actividad (el paro de los autónomos)es decir un 2,2%sobre la base de cotización, pero si no tienes cubierto el cese de actividad de autónomos,, podrías acceder al subsidio para mayores de 52 años, hasta que te jubiles, puesto que reúnes alguno de los requisitos mas importantes como el del periodo de carencia de los 15 años de cotización en la seguridad social y el de los 6 años de cotización en el SEPE/INEM) el problema le podrías tener con el requisito de carencia de rentas, si supera el 75%, del SMI 481,05 euros mensuales que para este año 2012 es de 641,40 euros, ademas podrías suscribir un convenio especial con la seguridad social para complementar las cotizaciones del INEM, de forma que cuando te jubiles lo puedas hacer con una pensión mas elevada, pero para acceder a el subsidio para mayores de 52 años tendrías que trabajar al menos 6 meses si no tienes familiares a tu cargo o 3 meses si tienes familiares a tu cargo, pero, para que tengas toda la información que necesitas conocer a continuación te dejo los enlaces que necesitas, con toda la clase de detalles.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

Cese actividad autonomos:http://assessoria-alarcon.com/2010/08/protección-por-cese-actividad-autonomos-paro-para-autonomos-ley-322010/

Determinación del requisito de carencia de rentas:http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/normas_generales_subsidios.pdf#page=3

Convenio especial con la seguridad social:subsidio los mayores de 52 años:http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d04.html

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliación/Conveniosespeciales/Regulaciongeneral/Regulaciongeneral/index.htm

Gracias por tu respuesta. Hay algunas cosas que no acabo de entender.

Mis rentas no alcanzan ni de coña los 481 euros mensuales y lo que necesito que me aclares, es eso de que tendría que trabajar durante 6 meses.

¿quieres decir 6 meses cada año hasta llegar a la edad de jubilación? ¿Dónde?, ¿cómo?

si no veo salida laboral!

Que mas quisiera yo que poder facilitarte un puesto de trabajo, pero eso no esta al alcance de mi mano yo soy un currante con los mismos problemas que los demás solamente te estoy indicando los requisitos que te exigen en el SEPE/INEM para cobrar un subsidio o una prestación contributiva, si no superas los 481,5) euros al mes mucho mejor para ti porque si los superases no te iban a conceder el subsidio hasta que se modificaran los ingresos y no rebasasen el 75% del SMI. Para poder acceder al subsidio de desempleo se requieren solamente 6 meses si no tienes familiares a tu cargo y si los tienes con solo 3 meses trabajados ya tienes derecho a solicitar el subsidio de desempleo, no tienes que trabajar 3, o, 6 meses, cada año una vez que has trabajado esos 6 o 3 meses ya puedes acceder al subsidio para mayores de 52 años si reúnes el resto de los requisitos hasta la edad de la jubilación aunque en cualquier momento puedes suspender dicho subsidio si te sale un trabajo y le puedes volver a retomar una vez finalizado el contrato de trabajo.. Espero que esta vez me haya explicado algo mejor No se te olvide finalizar la pregunta

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